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La Legislación Agropecuaria Tomo I, tiene por objeto el fomento, desarrollo, y protección del sector agrario, para garantizar la alimentación de todos los ecuatorianos e incrementar la exportación de excedentes, dentro del marco de un manejo sustentable de los recursos naturales y del ecosistema.
La Constitución de la República dentro del título de los Derechos manifiesta que el agua es un derecho fundamental e irrenunciable, es considerado patrimonio nacional indispensable para la vida humana, por ello se expidió la Ley de Aguas que con su legislación conexa norma el mar interior y territorial de ríos, lagos o lagunas, quebradas, esteros y otros...
La Ley Orgánica de Defensa del Consumidor (L. 2000-21. RO-S 116: 10-jul-2000), norma las relaciones entre proveedores y consumidores, procurando la equidad y la seguridad jurídica en las relaciones entre las partes, estableciendo de manera eficiente, la defensa de los intereses del consumidor.
La “Legislación Artesanal”, es una obra que contiene varias leyes, reglamentos, resoluciones que regulan los derechos y deberes de los artesanos que son los que transforman la materia prima con predominio de la labor fundamentalmente manual con apoyo o no de la maquinaria.
La Ley de Turismo (L. 2002-97. RO-S 733: 27-dic-2002), contiene la normativa que determina el marco legal que regirá para la promoción, el desarrollo y la regulación del sector turístico; las potestades del Estado, las obligaciones, los derechos de los prestadores y usuarios.
En el estado ecuatoriano existen sectores estratégicos que son: telecomunicaciones, electricidad y minería, este último regulado por la “Ley de Minería” que norma el dominio del Estado sobre los minerales, y a los sujetos que tienen derecho a ejercer la actividad minera, pueden ser personas naturales y personas jurídicas.
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