TRATADO DE DERECHO...
El derecho penal se enmarca en el principio de mínima intervención penal, según el cual, el ejercicio de la facultad sancionatoria debe operar cuando las demás alternativas de control han fallado. Esta preceptiva significa que el Estado no está obligado a sancionar penalmente todas las conductas antisociales, pero tampoco puede tipificar las que no ofrecen un verdadero riesgo para los intereses de la comunidad o de los individuos; como también ha precisado que la decisión de criminalizar un comportamiento humano es la última de las decisiones posibles en el espectro de sanciones que el Estado está en capacidad jurídica de imponer, y entiende que la decisión de sancionar con una pena, que implica en su máxima rusticidad la pérdida de la libertad, es el recurso extremo al que puede acudir el Estado para reprimir un comportamiento que afecta los intereses sociales. En esta medida, la jurisprudencia legitima la descripción típica de las conductas solo cuando se verifica una necesidad real de protección de los intereses de la comunidad. De allí que el derecho penal sea considerado por la jurisprudencia como la última ratio del derecho sancionatorio.
Tamaño: A5 / Formato Impreso / Portada: Pasta rústica / Número de Páginas: 925/ Autores: José Sebastián Cornejo Aguiar, Gianni Egidio Piva Torres / Año: 2021/ Edición: Primera.