Tanto en el dolo, como en la culpa, los estudiamos de las primarias doctrinas, que se encargan de dar fundamento a cada uno de sus elementos, y acogiendo, para nosotros la que señala que el dolo, es una característica indiscutible, subjetiva, voluntaria y querida, por el sujeto activo, mientras que la culpa, no tiene la intención del sujeto, es decir, no es voluntaria ni querida por el sujeto activo, de ahí que se caracteriza por su menor pena, se fundamenta en la impericia, imprudencia, negligencia, o inobservancia de órdenes, reglamentos o normativas, por parte del sujeto activo. Es aquí donde radica la diferencia de ambas conductas.
Es tan subjetivo el dolo, que viendo un ejemplo sencillo lo dejamos demostrado, como el caso del ciudadano, que va al supermercado y sustrae un producto, camina por todo el supermercado con el producto en la mano, se dirige a la caja, cancela el resto de los productos y sale del supermercado, es en ese momento donde se percata, de que sustrajo este producto, a los ojos de cualquier escéptico, se cometió un hurto sin violencia, pero al no tener intención de cometerlo, desaparece el dolo y en consecuencia el delito.
Formato PDF/ Pág.: 222 / Autor: Gianni Egidio Piva Torres / Año: 2021 / Edición: Primera