Nuestra nación ha sido históricamente golpeada por actos de corrupción y de abuso de los recursos públicos. Las conductas de muchos gobernantes y funcionarios, cuando no de varios contratistas del Estado han lesionado gravemente el interés público. Para evitar esas patologías, el principio de control, propio de los reales Estados de Derecho, implementa sistemas y órganos encargados de vigilar el correcto uso de dichos recursos y, además, la conducta administrativa de funcionarios y particulares que manejan aquellos bienes.
En Ecuador, entonces, no faltan normas jurídicas, del más variado nivel, tendentes a garantizar la aplicación de ese principio, al punto, incluso, de establecer el principio constitucional de responsabilidad. Lamentablemente, las normas no alcanzan para combatir la corrupción cuando hay falta de voluntad política y ausencia de ética en quienes se encargan del uso y manejo de recursos públicos; tampoco cuando la Contraloría General del Estado es tomada por el poder político como instrumento de amenaza o persecución, llegando al extremo de ser selectiva en su accionar: laxitud en algunos casos y, en otros, total rigurosidad y arbitrariedad. Politizar el control de los recursos públicos provoca un resultado contrario: impunidad, falta de autonomía del ente contralor y crecimiento de la corrupción.
Impreso / Autor: Ismael Quintana / 2025/ Edición: Segunda.