CONTRATO
COLECTIVO DE TRABAJO
(Código del
Trabajo: Art. 220)
En la ciudad de ............, a los ...... días del mes de ............ de
...... (año), ante el Señor Inspector de Trabajo de la
provincia de ............ señor .................. (nombres
y apellidos del inspector) e infrascrito secretario señor .................. (nombres y apellidos del secretario), se celebra el contrato
colectivo de trabajo entre la empresa .................. (razón
social) y el Comité de Empresa representante de los trabajadores, el mismo que
contendrá las siguientes disposiciones:
DISPOSICIONES PRELIMINARES:
Art. 1.- Comparecientes: Comparecen a celebrar el presente contrato
colectivo de trabajo por una parte la Empresa
.................. (razón social),
legítimamente representada por .................. (nombres
y apellidos del representante) a quien en adelante se le denominará “la
empleadora” y por otra parte el Comité de Empresa legitimado por más del
cincuenta por ciento de los trabajadores de la Empresa .................. (razón social) a quien en adelante se le denominará “el
Comité”, el mismo que estará representado por .................. (nombres y apellidos de los trabajadores que conforman la
directiva del Comité) quienes representan la directiva del Comité y suscriben
el presente contrato colectivo de trabajo.
Art. 2.- Finalidad: Bajo el contrato colectivo de trabajo se regulan las
condiciones de trabajo entre la empresa empleadora y sus trabajadores.
Art. 3.- Representación de las partes contratantes: Para los efectos del presente contrato
colectivo de trabajo el .................. [Texto alterno:
representante legal // o // gerente general], será el representante de la empleadora y el
representante de los trabajadores será .................. [Texto alterno: el
presidente // o // secretario general], quienes darán el cumplimiento de este contrato, en
caso de cambio de las personas que ejercen la representación de las partes, se
deberá comunicar a la otra parte.
Art. 4.- Aplicación del Contrato Colectivo de Trabajo:
Mientras dure la
vigencia del presente contrato colectivo de trabajo se aplicará tanto a los
trabajadores que laboran actualmente en la Empresa como a los que se contratará
posteriormente en la Empresa principal ubicada en
............ como en las sucursales ubicadas en ............
Art. 5.- Duración del Contrato Colectivo de Trabajo: El presente contrato colectivo de trabajo
tendrá una duración de ...... años, contados a partir
de la fecha de suscripción del contrato, la revisión del mismo se hará sesenta
días antes de cumplidos los dos años del contrato colectivo de trabajo a
propuesta de cualquiera de las partes.
DERECHOS DE LOS TRABAJADORES:
Art. 6.- Estabilidad de los dirigentes del Comité de
Empresa: La empleadora
tiene la obligación de garantizar estabilidad a todos los trabajadores sean o
no dirigentes del comité de empresa quienes conservarán sus puestos de trabajo,
caso contrario la empleadora deberá cancelar indemnizaciones por incumplimiento
de este derecho a los trabajadores.
REMUNERACIÓN:
Art. 7.- Remuneración de los trabajadores: Independientemente de la remuneración
fijada por la ley, las partes contratantes acuerdan que la remuneración mínima
de los trabajadores será de ...... dólares norteamericanos,
más beneficios de ley, los mismos que serán cancelados de manera
.................. [Texto
alterno: quincenal // o // mensual ], en ............
[Texto alterno: forma directa al trabajador // o // en cheque número ...... del banco ............, de la cuenta número
......].
Art. 8.- Aumento de la remuneración de los
trabajadores: Los
aumentos que fije el Consejo Nacional de Salarios serán imputados a las
remuneraciones fijadas por las partes en el presente contrato colectivo de trabajo.
Art. 9.- Del subsidio familiar a favor de los
trabajadores: Todos los
trabajadores de la empresa que acrediten tener hijos menores de edad, tendrán
el derecho a recibir mensualmente ...... dólares
norteamericanos por cada carga familiar.
JORNADAS DE TRABAJO:
Art. 10.- Jornada ordinaria de trabajo: La jornada ordinaria de trabajo será de
ocho horas diarias, las mismas que serán ..................
[Texto
alterno: laboradas en una sola jornada de trabajo desde las ...... hasta las
...... // o // divididas en dos jornadas de trabajo desde las ...... hasta las
...... horas y desde las ...... hasta las ...... horas].
Art. 11.- Jornadas suplementaria y extraordinaria de
trabajo: Si los
trabajadores laboraran fuera de la jornada ordinaria el empleador deberá
reconocer el valor de dichas jornadas conforme la ley.
VACACIONES Y PERMISOS:
Art. 12.- Período de vacaciones: Las vacaciones anuales de los trabajadores
serán de ...... días, independientemente de lo que
establece el Código del Trabajo.
Art. 13.- Permisos al trabajador: Siempre que el trabajador lo solicitare y
con la debida justificación la empleadora le concederá un permiso de máximo ...... horas ............ [Texto alterno:
diarias // o // semanales // o // mensuales].
DISPOSICIONES GENERALES:
Art. 14. Incorporación del contrato colectivo de
trabajo en los contratos individuales de trabajo: Las cláusulas del contrato colectivo de
trabajo se entienden incorporados a los contratos
individuales de trabajo celebrados entre el empleador y los trabajadores.
Art. 15.- Preeminencia del contrato colectivo de
trabajo a los contratos individuales de trabajo: En caso de contradicción entre las
cláusulas del contrato colectivo de trabajo con las cláusulas del contrato
individual de trabajo prevalecerán las disposiciones del contrato colectivo de
trabajo.
Art. 16.- Suspensión de efectos del Contrato Colectivo
de Trabajo: En caso de
falta de materiales o de energía necesaria para realizar las labores, etc.
causas no previstas ni imputables al empleador, y que repercutan en el trabajo
se suspenderán temporalmente los efectos del contrato colectivo de trabajo por
..................
[Texto alterno: horas // o // días // o // hasta que dicha causa sea superada y
se pueda continuar normalmente con el trabajo ], en estos casos las partes acuerdan que el
trabajador .................. [Texto alterno: continuará // o // no continuará] percibiendo la remuneración.
Art. 17.- Disposiciones legales: En todo lo que no esté estipulado en este
contrato colectivo de trabajo se estará a lo dispuesto en el Código del
Trabajo.
Art. 18.- Controversias: En caso de controversia las partes se
someterán a los Tribunales de Conciliación y Arbitraje o al Juez competente de
su domicilio o del lugar donde se haya firmado el contrato colectivo de
trabajo.
f.) La
empleadora f.)
Presidente del Comité de Empresa