RECURSO DE REVISIÓN: SENTENCIA

 

CORTE nacional DE JUSTICIA - ………………… SALA DE LO PENAL.-

 

VISTOS: El………….Tribunal de Garantías Penales  de……………… dicta sentencia condenatoria a………………. años de……………………. por el delito tipificado y sancionado en el artículo …………….del Código Penal, en contra de ……………………………., quien recurre por vía de revisión.- Habiendo llegado el proceso a conocimiento de esta ……………… Sala de lo Penal de la Corte Nacional de Justicia, competente para conocer y resolver del recurso, y habiéndose evacuado la audiencia respectiva, considera: PRIMERO.- Durante la estación probatoria, ante esta Sala el recurrente ha presentado en su alegato oral: ……………………………………………………………………………………….. remitiéndose en todo momento a las pruebas constantes de los autos en los diversos cuerpos del proceso; también……………………….. insistiendo nuevamente e intentando controvertir pruebas que igualmente fueron actuadas y valoradas durante el proceso, y en lo relativo al numeral 6 del mismo artículo 360 antes citado, tampoco se aporta nueva prueba respecto a la no comprobación aducida de la existencia del delito; concluye pidiendo que por sus alegaciones y por violación de las garantías constitucionales de los artículos 76 y 77 de la Constitución de la República, se revise la sentencia.- Por lo relatado, la Sala observa que el recurrente, en primer lugar busca que la Sala vuelva a valorar una prueba que ya se actuó ante el Tribunal de Garantías Penales juzgador;……………………….en cuanto a violaciones de derecho, la vía escogida por el recurrente es ajena a la revisión, pues para ello la ley contempla el recurso de casación penal, cuando sea igualmente procedente.- SEGUNDO.- El Representante o Delegado del señor Fiscal General, al emitir su dictamen en la audiencia, hace un minuciosos relato de los aspectos planteados por el recurrente, que invoca como lo señala el representante de la Fiscalía General del Estado los numerales …………… del artículo 360 del Código de Procedimiento Penal, haciendo notar, acertadamente, que el recurrente no ha aportado nueva prueba que permita tener elementos innovadores para fundamentar las causales por las que la revisión es procedente; …………………………por fin, recalca, una vez más la opinión fiscal que tampoco hay nueva prueba sobre la alegación del recurrente de que no se ha comprobado conforme a derecho la existencia de la infracción, por lo que termina opinando en el sentido de que la revisión planteada es improcedente.- TERCERO.- Del análisis efectuado por la Sala, como bien lo señala el dictamen fiscal, en su largo alegato el recurrente ha incurrido en dos equivocadas vías para la revisión penal: en primer lugar, intenta atacar la sentencia aduciendo violaciones legales al texto normativo o a su interpretación, lo cual es ajeno a la  revisión, pues ello es materia de la casación penal, como ya se señaló, existe un trámite propio para ello, en este punto ajeno a la revisión planteada; en segundo lugar el recurrente en todo momento, en la estación probatoria ante la Sala sólo ha presentado documentos que tiene  que ver directamente con la controversia que ya fue motivo de práctica y análisis ante el Tribunal juzgador, sin que exista nueva prueba que permita revisar la sentencia recurrida.- Por todas estas consideraciones la ………………. Sala de lo Penal, en aplicación del Art. 367 del Código de Procedimiento Penal, declara improcedente el recurso de revisión interpuesto y dispone devolver el proceso.- Notifíquese.

 

f.) JUEZ PONENTE                                f.) JUEZ                             f.) JUEZ

 

Certifico:                                                                f.) SECRETARIO