AUTO DE LLAMAMIENTO A JUICIO
Su resolución se produce de
manera oral en la Audiencia Preparatoria del juicio y de formulación del
dictamen.
En la ciudad de………………., hoy (día,
mes y año)….., a las…., una vez que se ha escuchado a las partes procesales en
la presente audiencia preparatoria del juicio y de formulación del dictamen
fiscal, se hacen las siguientes consideraciones: El o la fiscal de la Unidad de
Delitos contra…….., Dr. /Dra. ………………, con fundamento en la denuncia o parte de
aprehensión de………….., presentada o suscrito por……….. llega
a tener conocimiento de…………….… (relación
circunstanciada de la infracción); por estos hechos el representante de la
Fiscalía General del Estado, señala que estamos frente a un delito de acción
pública, infracción que lesiona (bien jurídico)y que existen suficientes
fundamentos para imputar a ……………………. de tener participación en dicha conducta infraccional; por lo que como se ha escuchado, ha resuelto
emitir un dictamen acusatorio. Se ha escuchado también los argumentos tanto del
acusador particular como de la defensa del procesado, los que a criterio del
juzgador no tienen asidero legal, puesto que las pruebas que se presentarán en
la audiencia del juicio han sido válidamente actuadas y obtenidas; existiendo
incluso el acuerdo de las partes de que se dé por probada la existencia del
delito a través del (….. informe médico legal, etcétera), por lo que en la audiencia
de juicio se deberá probar únicamente la responsabilidad del procesado. Por lo
dicho, según lo dispuesto en el artículo 226.3 del Código de Procedimiento
Penal y luego de haberse practicado la presenta audiencia en estricta
observancia de nuestro ordenamiento jurídico vigente, de conformidad con lo
dispuesto por el citado artículo 226. 3 y en concordancia con el Art. 232 del
citado Código de Procedimiento Penal, en mi calidad de Juez de Garantías
Penales, tomando en consideración que en la especie, el trámite que se ha dado,
se ha ceñido a los preceptos legales, sin que aparezcan omisiones de
solemnidades sustanciales que influyan en la decisión de la causa, es
procedente declararlo válido; en virtud de lo cual, las violaciones que señala
el defensor del imputado, no han sido justificadas conforme a derecho, por lo
mismo son improcedentes, tanto más que, el procesado ha participado en forma
activa en la etapa de instrucción fiscal, lo que demuestra que se ha
garantizado todos sus derechos establecidos en la Constitución y la ley. En
conclusión, conforme a lo que establece el artículo 232 del Código de
Procedimiento Penal, y al desprenderse presunciones graves y fundadas sobre la
existencia del delito y sobre la participación del procesado, se dispone lo siguiente:
1. Identificación del acusado:……………. 2. Análisis prolijo de los resultados de
la instrucción fiscal…...….………… (colocar todo lo
actuado en las investigaciones) 3. Descripción clara y precisa del delito
cometido y la determinación del grado de participación del acusado……………………. Por
lo expuesto considero que se cumple en la especie los requisitos del artículo
232 del Código de Procedimiento Penal, existiendo mérito legal, DICTO AUTO DE
LLAMAMIENTO A JUICIO, en contra de ………………., como autor (cómplice o encubridor)
del delito descrito anteriormente. Hágase saber y notifíquese.-
DR.……………………..
JUEZ DE GARANTÍAS PENALES
DE……………..