Impuesto Ambiental a la Contaminación Vehicular
Conforme la Ley de Fomento Ambiental y Optimización de los Ingresos del Estado, este impuesto grava a la contaminación del ambiente producida por el uso de vehículos motorizados de transporte terrestre.
Sujeto Activo: Quien cobra el impuesto. El Estado Ecuatoriano administrado por el SRI.
Sujeto Pasivo: Quien paga el impuesto. Todo propietario de vehículos motorizados de transporte terrestre.
v CÁLCULO DEL IMPUESTO AMBIENTAL
La fórmula para calcular el IACV es la siguiente: IACV = [(b - 1500) t] (1+FA)
Donde:
No. |
Tramo cilindraje - Automóviles y motocicletas (b)* |
$ / cc. (t)* |
1 |
Menor a 1.500 cc |
0.00 |
2 |
1.501 - 2.000 cc |
0.08 |
3 |
2.001 - 2500 cc |
0.09 |
4 |
2.501 - 3.000 cc |
0.11 |
5 |
3.001 - 3.500 cc |
0.12 |
6 |
3.501 - 4.000 cc |
0.24 |
7 |
Más de 4.000 cc |
0.35 |
*b= base imponible (cilindraje en centímetros cúbicos)
*t= valor de imposición específica
No. |
Tramo de Antigüedad (años) - Automóviles |
Factor (FA) |
1 |
Menor a 5 años |
0% |
2 |
De 5 a 10 años |
5% |
3 |
De 11 a 15 años |
10% |
4 |
De 16 a 20 años |
15% |
5 |
Mayor a 20 años |
20% |
6 |
Híbridos |
-20% |
*FA= Factor de ajuste
v Ejemplo 1
Cilindraje del vehículo: 4000
Año del modelo: 2003
Vehículo regular
IACV = [(b - 1500) t] (1+FA)
IACV = [(4000 - 1500) * 0.24] (1+0.05)
IACV = 630
Con descuento 80% por disposición transitoria → IACV= 126 en el año 2012
v Ejemplo 2
Cilindraje del vehículo: 4000
Año del modelo: 2003
Vehículo híbrido
IACV = [(b - 1500) t] (1+FA)
IACV = [(4000 - 1500) * 0.24] (1-0.20)
IACV = 480
Con descuento por disposición transitoria 80% → IACV= 96 en el año 2012
v EXENCIONES
Las exenciones del IACV tienen derecho los vehículos:
• De las entidades del sector público.
• Los de chofer profesional y transporte público.
• Los vehículos destinados para el uso y traslado de personas con discapacidad.
• Los vehículos clásicos.
• Los vehículos eléctricos.
• Los vehículos directamente relacionados con la actividad productiva del contribuyente.
• Las ambulancias y hospitales rodantes.
• Los vehículos de organismos internacionales y diplomáticos.
• Los vehículos de propiedad de personas de la tercera edad.
v CONSIDERACIONES DEL IMPUESTO
• Este impuesto será exigible para la obtención de la matrícula, en el caso de vehículos nuevos, el impuesto será pagado antes de que el distribuidor lo entregue a su propietario.
• Los intereses de mora se aplican de acuerdo a la tabla trimestral del BCE a partir del primer día del mes siguiente de pago, dependiendo el último dígito de la placa.
• La Institución de Tránsito exigirá el pago del impuesto, previo a la entrega de la matrícula, debiendo obligatoriamente verificar su idoneidad en el sistema.
• En ningún caso el valor del impuesto a pagar será mayor al valor correspondiente al 40% del avalúo del vehículo, en el año al que corresponda el pago del referido impuesto.
• Los contribuyentes que tengan registrada una exoneración, reducción o rebaja especial vigente del Impuesto a la Propiedad de los Vehículos, por discapacidad, sector público, chofer profesional y transporte público; no deben solicitar la exoneración del Impuesto Ambiental a la Contaminación Vehicular, porque el sistema genera automáticamente este beneficio.
• La exoneración del Impuesto Ambiental a la Contaminación Vehicular de vehículos clásicos, los directamente relacionados con la actividad productiva del contribuyente, ambulancias y hospitales rodantes, será manual, y se registrará al sistema únicamente por requerimiento del contribuyente adjuntando la documentación que demuestre su idoneidad.
• Para el caso de vehículos eléctricos, el sistema generará automáticamente la exoneración del IACV, siempre y cuando el Servicio Nacional de Aduana del Ecuador o los ensambladores, que registran las características principales de los vehículos importados y de fabricación nacional respectivamente, registren el tipo de combustible “ELÉCTRICO” en el archivo XML que remiten al SRI.
• Del año 2012 al 2016 existe la Disposición Transitoria que señala que los vehículos cuyo cilindraje sea mayor a 2500 centímetros cúbicos y, tengan más de 5 años, contados desde el año de fabricación del vehículo, tendrán una rebaja del 80% del valor del IACV a pagar durante 3 años, y la rebaja será del 50% para el 4to y 5to año.
v Ejemplo 1
Vehículo del año 2006 o anterior:
Año |
Descuento IACV |
2012 |
80% |
2013 |
|
2014 |
|
2015 |
50% |
2016 |
|
2017 |
0% |
En adelante |
v Ejemplo 2
Vehículo del año 2008:
Año |
Descuento IACV |
2012 |
0% |
2013 |
|
2014 |
80% |
2015 |
|
2016 |
|
2017 |
0% |
En adelante |