AUTO de SOBRESEIMIENTO provisional

 

Son varios los mecanismos que pueden operar para que se dicte un auto de sobreseimiento, y diversos los sobreseimientos que el Juez de Garantías Penales podrá pronunciar (Art. 240 del Código de Procedimiento Penal).

 

Téngase en cuenta que a más de los tres tipos de sobreseimiento; el definitivo también será dictado cuando se considera que se debe archivar la denuncia propuesta y se acepta el pedido de desestimación del fiscal de la causa (Art. 244 del Código de Procedimiento Penal).

 

JUZGADO DE GARANTÍAS PENALES DE......

Ciudad, fecha, las.........

 

VISTOS: El o la fiscal de la Unidad de Delitos contra..........., Dr. / Dra. ........................, con fundamento en la denuncia o parte de aprehensión de..........., presentada o suscrito por.......................... llega a tener conocimiento de.............................................................(relación circunstanciada de la infracción); por estos hechos el representante de la Fiscalía General del Estado, señala en la presente audiencia preparatoria del juicio y de formulación del dictamen que estamos frente a un delito de acción pública, infracción que lesiona (bien jurídico)  y que existieron suficientes fundamentos para imputar a ............de tener participación en dicha conducta infraccional; por lo que resolvió dar inicio a la etapa de instrucción fiscal en la correspondiente audiencia de formulación de cargos, celebrada el..........de..............., a las ............... Radicada la competencia en esta Judicatura, en la presente audiencia, se hace notar que el señor............... dedujo acusación particular en contra del procesado, y una vez que se cumplió con las formalidades de ley y por reunir los requisitos establecidos en el artículo 55 del Código de Procedimiento Penal, fue admitida a trámite. Una vez que se ha dado la palabra al o la Fiscal de la causa, pronuncia su dictamen fiscal correspondiente, a través del cual acusa a...........de ser autor (cómplice o encubridor) del delito tipificado y sancionado en el artículo............ del Código Penal. En esta virtud, habiéndose tramitado la causa, según lo dispuesto en los artículos 226.1 y 226.3 del Código de Procedimiento Penal, se toma en cuenta lo precisado por el señor Fiscal, por el Dr..........., defensor del procesado............, quien en síntesis señala....... Por su parte el señor acusador particular, indica ...................; todo lo cual me faculta para emitir la siguiente resolución: El suscrito Juez de Garantía Penales de............... es competente para conocer y resolver lo actuado en la presente audiencia, conforme a lo establecido en el artículo 226.3 del Código de Procedimiento Penal.

 

SEGUNDO.- Tomando en consideración que en la especie, el trámite que se ha dado, se ha ceñido a los preceptos legales, sin que aparezcan omisiones de solemnidades sustanciales que influyan en la decisión de la causa, es procedente declara válido lo actuado en la instrucción fiscal; en virtud de lo cual, las violaciones que señala el defensor del procesado, no han sido justificadas conforme a derecho, por lo mismo son improcedentes, tanto más que, el procesado ha participado en forma activa en la etapa de instrucción fiscal, lo que demuestra que se ha garantizado todos sus derechos establecidos en la Constitución y la ley.-

 

TERCERO.- Conforme a lo que establece el artículo 241 (o 242 ó 243) del Código de Procedimiento Penal, y al: a) (Art. 241) considerarse que los elementos en los que el fiscal ha sustentado la presunción de existencia del delito y la participación del procesado, no son suficientes y no permiten que se obtengan presunciones graves y fundadas que lo involucren en la perpetración del ilícito y de su materialidad, DICTO AUTO DE SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DEL IMPUTADO........, por lo que no puede continuarse con la etapa del juicio. Se levantan las medidas cautelares dictadas en su contra.-b) (Art. 242) desprenderse que los hechos aquí investigados no constituyen delito alguno al tenor de la normativa penal ecuatoriana, toda vez que los indicios existentes no conducen de manera alguna a presumir la existencia de la infracción, o cuando el imputado ha demostrado alguna causa de justificación, DICTO AUTO DE............. SOBRESEIMIENTO DEFINITIVO DEL IMPUTADO........ Levántense las medidas cautelares dictadas en su contra.-

c) (Art. 243) haberse llegado a la conclusión de que existe el delito de..............., sin embargo los indicios recogidos a lo largo de la instrucción fiscal no determinan que el procesado haya participado en el mismo, ni que sea responsable de esta conducta infraccional, en tal razón DICTO AUTO DE SOBRESEIMIENTO PROVISIONAL DEL PROCESO Y DEFINITIVO DEL IMPUTADO...... Levántense las medidas cautelares dictadas en su contra.-

d) En los tres casos, se calificará si la denuncia o la acusación particular han sido maliciosas o temerarias, en aplicación del artículo 245 del Código de Procedimiento Penal.- Hágase saber y notifíquese.

 

 

 

DR...........................

JUEZ DE GARANTÍAS PENALES DE.................